Tener plantas en casa se ha convertido en una de las aficiones más populares en México gracias a la enorme biodiversidad del país. Sin embargo, no todas las especies vegetales están permitidas para el comercio ni el cultivo particular sin regulación, y conservar ciertas variedades protegidas puede derivar en graves consecuencias legales.
La biznaga: Una cactácea amenazada por el acitrón
Entre las especies más buscadas se encuentran diversos tipos de cactáceas, destacando las biznagas. Al ser plantas endémicas del territorio nacional, su extracción del hábitat natural se encuentra estrictamente regulada.
Uno de los principales factores de riesgo para esta especie ha sido su uso gastronómico en la elaboración de acitrón, el dulce tradicional utilizado en platillos como los chiles en nogada o las roscas de reyes. Para que una biznaga alcance la madurez necesaria para su aprovechamiento, pueden transcurrir hasta 40 años, lo que vuelve insostenible su explotación comercial no autorizada.
Por ello, la especie se encuentra salvaguardada por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, ademas de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, que la clasifica bajo estatus de protección especial.
De cuánto es la multa y la pena de cárcel
Extraer, comercializar o poseer ejemplares de biznaga de manera ilegal está tipificado como un delito ambiental en la legislación mexicana.
Las sanciones contemplan:
- Multas económicas: Sanciones administrativas que pueden superar los 360 mil pesos mexicanos, dependiendo de la gravedad del daño y la cantidad de ejemplares.
- Penas de prisión: Hasta 9 años de cárcel para quienes resulten responsables del tráfico o extracción ilegal de esta especie protegida.
Las autoridades ambientales recomiendan a la población abstenerse de comprar cactáceas de procedencia dudosa o extraerlas directamente de su entorno natural para evitar incurrir en faltas a la ley.
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