En México, la afición por la botánica y la decoración del hogar con vegetación se encuentra regulada cuando se trata de especies protegidas. Aunque el país posee una amplia biodiversidad, existen plantas endémicas pertenecientes al género Beaucarnea, conocidas popularmente como pata de elefante, que enfrentan un severo peligro de extinción, por lo que su posesión o comercialización ilegal conlleva severas sanciones administrativas y económicas.
Especie protegida por normativas nacionales e internacionales
La planta pata de elefante cuenta con al menos 13 especies registradas, de las cuales 8 se encuentran listadas bajo categorías de riesgo dentro de la NOM-059-SEMARNAT-2010, ordenamiento que la clasifica oficialmente como una especie amenazada.
¿De cuánto es la multa por tener una 'pata de elefante' sin acreditar?
Para poseer o mantener un ejemplar de Beaucarnea en un domicilio o establecimiento en México de forma legal, el propietario debe contar obligatoriamente con la documentación oficial que acredite su legal procedencia (emitida por viveros autorizados o Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre).
De acuerdo con lo establecido en la Ley General de Vida Silvestre, la falta de acreditación o la comercialización irregular de esta planta sanciona a los infractores con montos de carácter económico que varían según la gravedad de la falta:
- Rango de sanción: Multas que van desde las 50 hasta las 50 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).
- Monto máximo estimado: Las irregularidades en la posesión de estos ejemplares pueden generar sanciones financieras que superan los 5 millones de pesos.
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