La demanda ciudadana por proteger a los seres sintientes ha llevado a un endurecimiento significativo de las leyes en la entidad. Si radicas en el estado de Querétaro, es fundamental que conozcas que el marco legal local ya no considera las agresiones hacia las mascotas como simples faltas administrativas, sino como delitos de orden penal que se castigan severamente.
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El Código Penal del Estado de Querétaro establece sanciones específicas y privativas de la libertad dependiendo de la gravedad del daño infligido al ejemplar:
- Maltrato con lesiones: Aquellas acciones que causen un daño físico o menoscabo no letal al animal se castigan con penas que van de 1 a 3 años de prisión, además de multas económicas significativas. Si las lesiones ponen en peligro la vida del animal, la pena aumenta.
- Crueldad que causa la muerte: En los escenarios más graves, donde se provoque el fallecimiento doloso e intencional del animal, las penas corporales se elevan drásticamente, alcanzando entre 3 y 5 años de cárcel, además de multas que van de los 500 a los 700 días de salario o Unidad de Medida y Actualización (UMA).
- Agravantes generales: Las penalidades mencionadas se incrementan hasta en una mitad si los actos de crueldad se cometen empleando métodos que prolonguen la agonía del animal, o si el agresor se toma el tiempo de videograbar o fotografiar el acto para difundirlo.
A nivel local, estas disposiciones estatales se complementan de manera directa con los Reglamentos de Protección, Cuidado y Control Animal de los diferentes municipios, los cuales regulan las condiciones de bienestar y sancionan administrativamente las omisiones de cuidados en los hogares.
El agravante por el uso de armas de fuego u otros métodos atroces
Cuando un acto de crueldad animal se comete utilizando un arma de fuego u otros artefactos de alta letalidad, la situación jurídica del agresor se complica exponencialmente. Las leyes locales y federales establecen criterios muy estrictos para estos casos:
- Portación ilegal de arma de fuego: Si el infractor no cuenta con la licencia oficial expedida por las autoridades competentes, el caso involucra de inmediato delitos del orden federal que son turnados a las fiscalías correspondientes.
- Disparos en la vía pública: Accionar un arma en zonas habitacionales o calles urbanas constituye un delito autónomo debido al riesgo inminente que representa para la seguridad y la vida de la población en general.
- Alineación con crueldad extrema: El uso de proyectiles o armas letales contra seres sintientes es tipificado dentro de las carpetas de investigación bajo la agravante de dolor y sufrimiento innecesario, permitiendo a los jueces aplicar las sanciones en sus rangos máximos al momento de dictar una sentencia condenatoria.
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