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¿Es un trend? Videos virales exhiben a sujetos en patines y scooters arriesgando la vida en carreteras rápidas

Los intrépidos scooters desafiaron el peligro en las carreteras México-Toluca y México-Pachuca; ¿qué dice la ley ante esto?

Una nueva y peligrosa tendencia en redes sociales ha encendido las alarmas de las autoridades y de los usuarios de las vías de comunicación en el país. Diversos videos virales han capturado a sujetos utilizando patines y scooters eléctricos en plena autopista, desafiando no solo el intenso tráfico vehicular, sino también las leyes de tránsito federales.

Patinando al límite en la México-Toluca

El primer caso documentado en video muestra a un hombre circulando en patines sobre el carril de baja velocidad de la autopista México-Toluca. La imprudencia escaló de nivel debido a las condiciones climáticas de la zona: el tramo vial presentaba curvas pronunciadas y el pavimento se encontraba completamente mojado.

En varias escenas de la grabación se aprecia claramente cómo las llantas de los patines pierden agarre con el asfalto, provocando que el sujeto pierda el equilibrio en repetidas ocasiones. Esta situación generó un riesgo inminente de atropellamiento y la posibilidad de provocar un percance mayor para el resto de los automovilistas.

A centímetros de la tragedia en la México-Pachuca

Un segundo metraje exhibe una situación casi idéntica en la autopista México-Pachuca. En las imágenes se observa a un individuo a bordo de un scooter eléctrico descendiendo de un puente vehicular. Al intentar incorporarse a la vialidad, el conductor quedó atrapado en medio de los carriles centrales.

Al intentar maniobrar para regresar al carril de baja velocidad, el sujeto estuvo a punto de ser arrollado por un vehículo que avanzaba a alta velocidad. Segundos después, un automóvil que circulaba por los carriles laterales logró aplicar un frenado de emergencia, deteniéndose a solo centímetros del scooter y evitando una colisión que pudo haber resultado fatal.

¿Qué dice la ley sobre esta práctica?

Estas conductas contravienen directamente lo estipulado en el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal. Las especificaciones de la normativa señalan lo siguiente:

  • La prohibición: El artículo 66 de dicha normativa prohíbe estrictamente el tránsito de bicicletas, triciclos, trimotos, cuatrimotos y vehículos similares (lo que incluye legalmente a los patines y monopatines eléctricos) sobre las vías federales.
  • La excepción: Este tipo de movilidad alternativa solo se permite sobre el acotamiento de carreteras federales que no sean de acceso controlado.
  • Las consecuencias: Las sanciones previstas para quienes violen esta norma van desde amonestaciones verbales hasta el retiro inmediato de la vía pública por parte de las autoridades de seguridad.

Hasta el momento, las autoridades federales y la seguridad de carretera no han emitido una postura oficial sobre estos videos, ni se ha reportado la detención de los implicados en los tramos donde se realizaron las filmaciones de estos contenidos.

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