En Querétaro, el solo llevar a tu perrito en el auto no es motivo de multa, sin embargo, el reglamento de Tránsito de la ciudad señala que está prohibido sostener, cargar o colocar animales (y personas) entre los brazos y piernas al conducir.
¿Existen requerimientos específicos para vehículos de tracción animal en Querétaro?
El artículo 76 del Reglamento de Tránsito expresa que existen requisitos específicos para vehículos de tracción animal en Querétaro, los cuales deben de contar con frenos, faro delantero que emita luz blanca y reflejante posterior de color rojo.
Los vehículos que no cuenten con estos requisitos serán retirados de la circulación, así como una sanción económica y la retención del animal. Es importante mencionar que estas normas buscan garantizar la seguridad vial y la protección de los animales.
¿Cuál es la multa en Querétaro por llevar a mi perro en el auto?
El llevar, sostener o cargar a tu perrito mientras conduces podrá generarte multas que van desde los mil 085 pesos a dos mil 171 pesos. Se expresa así en el artículo 84 fracción ll inciso C del Reglamento de Tránsito del Estado de Querétaro, de igual forma se imponen tres puntos de penalización en la licencia para conducir.
Estas medidas están establecidas para proteger la integridad física del conductor, así como del resto de personas que transitan por la ciudad.